ORGANISMO CONVOCANTE: Xunta de Galicia
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas gallegas o con centro de trabajo en Galicia, que realicen cualquier actividad económica con la excepción de aquellas que se dediquen a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y de productos agrícolas y ganaderos.
COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS
Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado siempre que la intensidad de la ayuda acumulada no supere el importe de la actuación. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención a fondo perdido del Igape para las mismas inversiones.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar con posterioridad a la fecha de solicitud, hasta el 10 de diciembre de 2024.
* Compra de maquinaria.
* Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).
CONDICIONES
- El importe mínimo del coste subvencionable total deberá ser de 40.000€.
- Las inversiones en activos fijos, materiales e inmateriales, deberán ser adquiridas en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridas a terceros.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
Se concederá una ayuda del 40% hasta un máximo de 300.000€ para los costes subvencionables incurridos por la empresa durante el período subvencionable.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Del 07/08/2024 al 10/10/2024.
PLAZO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la presentación de la solicitud de ayuda, sin exceder en todo caso el 9 de diciembre de 2024.