MT402A Ayudas para actuaciones de corrección de impactos paisajísticos destinadas a personas físicas

MT402A

ORGANISMO CONVOCANTE: Xunta de Galicia

BENEFICIARIOS

Personas físicas titulares de un inmueble o bien sobre el que pretendan realizar alguna/s de las actuaciones establecidas.
Solo cabe presentar una solicitud por persona y bien, si bien cada solicitud puede contener varias actuaciones.

ELEMENTOS SUBVENCIONABLES

Actuaciones de restauración y/o revestimiento de elementos de fachada:

  • Revestimiento de paramentos que actualmente están acabados con materiales o soluciones constructivas inadecuadas para quedar vistas, como podría ser la fábrica de ladrillo, de bloques de hormigón, u hormigón o mortero de cemento.
  • Podrán incluirse aquellas otras actuaciones consistentes en la eliminación de elementos adyacentes y/o la renovación del acabado de los paramentos ciegos de fachadas, carpinterías o cerrajerías exteriores, que supongan un impacto paisajístico como consecuencia de unas inadecuadas características constructivas, del deficiente estado de conservación
    o de la tonalidad y/o de la intensidad del actual color de acabado.
  • Queda excluida del ámbito de aplicación de las presentes ayudas la subsanación de deficiencias estéticas que se resuelvan con labores de limpieza.

Actuaciones de remate, renovación y/o sustitución del acabado exterior de cubiertas:

  • Se podrán subvencionar actuaciones correctoras de impactos paisajísticos derivados de situaciones en las que las cubiertas de las edificaciones se encuentran en deficiente estado de conservación o presentan soluciones constructivas o materiales de acabado que podrían considerarse como inadecuados.
  • Queda excluida de forma expresa la renovación de elementos estructurales (soportes, vigas, pontones…) así como las deficiencias estéticas que se resuelvan con labores de limpieza.
  • Queda expresamente excluida de la subvención la sustitución de cubiertas de teja cerámica o pizarra por otras soluciones con otros materiales de acabado. Las nuevas cubiertas ejecutadas con teja cerámica o pizarra deberán respetar las características formales de la cubierta original, tanto en geometría como en dimensión de las piezas de cubrición.

Actuaciones de recuperación, restauración y/o revestimiento de muros de cierre de terrenos:

  • Actuaciones consistentes en el revestimiento de muros de cierre ejecutados con fábrica de ladrillo o bloques de hormigón, sin revestir. También podrán ser objeto de subvención la reducción de la altura de los citados muros, así como la eliminación de elementos adyacentes discordantes con los valores paisajísticos del entorno.
  • Asimismo, podrá ser objeto de ayuda el pintado de las puertas, portales o cerrajerías exteriores integradas en los cierres de parcelas que supongan un impacto paisajístico. Queda expresamente excluida de subvención la sustitución de estas carpinterías o cerrajerías.

*Todas las actuaciones deberán aplicar los criterios y recomendaciones de la Guía de Color y Materiales de Galicia de las doce grandes áreas paisajísticas de Galicia, además de ajustarse a las condiciones que vengan impuestas por la normativa municipal y sectorial aplicable.

CUANTÍA

El importe de la subvención será del 70% del presupuesto de la inversión subvencionable, con el límite máximo de 3.000€ por solicitante y bien.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación será desde 16/01/2024 al 15/02/2024.

DOCUMENTACIÓN A INCORPORAR EN LA SOLICITUD DE AYUDA

  1. Memoria descriptiva de las actuaciones propuestas con el detalle suficiente para describir adecuadamente sus características, su medición y su presupuesto.
  2. Reportaje fotográfico del bien sobre el que se va a actuar, en el que se aprecie el elemento o elementos objeto de actuación. Deberá presentarse como mínimo una fotografía de conjunto de cada una de las fachadas, cubiertas o muros a los que se refieran las actuaciones para las que se solicita la subvención, así como las fotografías de detalle que sean
    precisas.
  3. Cuando el importe del gasto subvencionable sea igual o superior a 40.000€ el beneficiario deberá presentar, como mínimo, 3 ofertas de diferentes proveedores.

JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

La fecha límite para la justificación de la subvención será el 30/09/2023. En esa fecha límite la obra deberá estar ejecutada y pagada.

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